El abogado de la UE pide cambiar la directiva de conservación de datos
La norma que obliga a guardar información dos años es una “injerencia” en la vida privada
Cruz Villalón cree que entraña “riesgos”
La directiva europea sobre conservación de datos es “incompatible” con la Carta de Derechos Fundamentales, según el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Pedro Cruz Villalón. Es decir, la ley marco que obliga a las compañías telefónicas a recabar y conservar datos sobre las llamadas de los ciudadanos y el uso de Internet durante dos años constituye “una injerencia” en el derecho de los ciudadanos a la vida privada, según Villalón.
El abogado general cree que si los datos de los que disponen estas empresas —a qué número se llama, cuándo, con cuánta frecuencia y duración— se explotaran se podría hacer un “retrato completo y preciso” de la vida privada del cliente. Aunque las empresas no pueden acceder al contenido de las llamadas ni de los mensajes, Villalón alerta sobre el “riesgo” de que los datos que se conservan se utilicen con fines ilícitos, porque no los guardan las autoridades, sino los proveedores. Además, ni siquiera tienen que archivarse obligatoriamente en cada Estado, sino que pueden acumularse “en lugares indeterminados del ciberespacio”, aumentando el peligro de que se filtren a terceros con objetivos “fraudulentos o malintencionados”.
La directiva para la retención de los datos fue aprobada en 2006 —cuando no existían los smartphones (teléfonos inteligentes—, tras los atentados del 11 de marzo de 2004 en Madrid y de julio de 2005 en Londres. En ese momento Reino Unido presionó para que los operadores retuvieran durante dos años los datos de las comunicaciones, por cuestiones de seguridad. Los operadores se quejaron entonces de los costes que representaba para ellos guardar los metadatos —no el contenido— de todas las llamadas que realizan sus clientes. La revisión de la polémica directiva que la Comisión hizo en 2011 también apuntó que la norma tenía algunos fallos y, como ha admitido de nuevo el portavoz de Interior, que debía mejorarse.
Fuentes de la Agencia Protección de Datos de España aseguran que se trata de una directiva “controvertida desde el primer momento por su incidencia en la esfera de la vida privada sobre la que las autoridades de protección de datos han manifestado una opinión crítica en un dictamen del Grupo del Artículo 29”. Añaden sin embargo que “es necesario esperar al pronunciamiento del tribunal, para conocer cómo queda la situación normativa”.
El abogado de la UE se ha pronunciado tras las dudas planteadas por tribunales austriacos e irlandeses. Y es que la directiva de conservación ya había sido denunciada por una sociedad irlandesa de protección de los derechos humanos en el ámbito digital, y por más de 11.000 ciudadanos austríacos, por cómo se aplicaba en ambos países. Alegaron que los datos de sus comunicaciones se trataron y conservaron ilegalmente. La opinión del abogado general no es vinculante, pero los jueces del Tribunal la tendrán en cuenta cuando dicten su sentencia sobre el caso, algo que la Comisión espera que suceda el próximo año.
Villalón propone que Bruselas apruebe una nueva directiva “en un plazo razonable” y suspender mientras los efectos de la declaración de invalidez, para no crear un vacío legal. Aunque estima que bastaría con que los operadores conservaran los datos durante un año, valora que los países de la UE han ejercido sus competencias “con moderación” al establecer períodos de almacenamiento de dos años. Además, reconoce que el objetivo de la directiva es legítimo, porque los Estados deben garantizar que los datos electrónicos están disponibles en caso de que se necesite investigar delitos graves.
La conservación de los datos de las comunicaciones formaría parte de un marco mayor, el de la protección de datos. La presión del lobby estadounidense y los casos de espionaje desvelados por el exanalista de la NSA, Edward Snowden, han ido retrasando la aprobación de una directiva que la Comisión acordó en enero de 2012, y que todavía no tiene visos de ser ratificada definitivamente por la Eurocámara y el Consejo.
Esa ley marco habría tenido que definir, antes de ponerse en marcha, los principios fundamentales imprescindibles para garantizar la protección de la intimidad de los millones de ciudadanos que cada día utilizan un teléfono móvil. Sin embargo, la directiva de 2006 deja esta regulación en manos de los Estados miembros. Lo que el abogado general concluye es que la directiva no es proporcional porque exige a los Estados miembros que los datos se conserven durante dos años, en vez de durante uno.
La reacción de la Comisión sobre el texto del abogado de la UE ha sido prudente. El portavoz de Interior recordó que la evaluación de la directiva de 2011 ya detectó la necesidad de “regular mejor algunos aspectos”. Entre ellos, el propósito con el que se usan los datos, el acceso a ellos por parte de las autoridades y el tiempo que se guardan. El porqué no se han hecho modificaciones dos años después de detectar fallos es una cuestión técnica; según el portavoz, revisar la directiva de conservación de datos no tendría sentido si no se revisara también toda la ley marco de protección de datos.
El abogado general cree que si los datos de los que disponen estas empresas —a qué número se llama, cuándo, con cuánta frecuencia y duración— se explotaran se podría hacer un “retrato completo y preciso” de la vida privada del cliente. Aunque las empresas no pueden acceder al contenido de las llamadas ni de los mensajes, Villalón alerta sobre el “riesgo” de que los datos que se conservan se utilicen con fines ilícitos, porque no los guardan las autoridades, sino los proveedores. Además, ni siquiera tienen que archivarse obligatoriamente en cada Estado, sino que pueden acumularse “en lugares indeterminados del ciberespacio”, aumentando el peligro de que se filtren a terceros con objetivos “fraudulentos o malintencionados”.
La directiva para la retención de los datos fue aprobada en 2006 —cuando no existían los smartphones (teléfonos inteligentes—, tras los atentados del 11 de marzo de 2004 en Madrid y de julio de 2005 en Londres. En ese momento Reino Unido presionó para que los operadores retuvieran durante dos años los datos de las comunicaciones, por cuestiones de seguridad. Los operadores se quejaron entonces de los costes que representaba para ellos guardar los metadatos —no el contenido— de todas las llamadas que realizan sus clientes. La revisión de la polémica directiva que la Comisión hizo en 2011 también apuntó que la norma tenía algunos fallos y, como ha admitido de nuevo el portavoz de Interior, que debía mejorarse.
Fuentes de la Agencia Protección de Datos de España aseguran que se trata de una directiva “controvertida desde el primer momento por su incidencia en la esfera de la vida privada sobre la que las autoridades de protección de datos han manifestado una opinión crítica en un dictamen del Grupo del Artículo 29”. Añaden sin embargo que “es necesario esperar al pronunciamiento del tribunal, para conocer cómo queda la situación normativa”.
El abogado de la UE se ha pronunciado tras las dudas planteadas por tribunales austriacos e irlandeses. Y es que la directiva de conservación ya había sido denunciada por una sociedad irlandesa de protección de los derechos humanos en el ámbito digital, y por más de 11.000 ciudadanos austríacos, por cómo se aplicaba en ambos países. Alegaron que los datos de sus comunicaciones se trataron y conservaron ilegalmente. La opinión del abogado general no es vinculante, pero los jueces del Tribunal la tendrán en cuenta cuando dicten su sentencia sobre el caso, algo que la Comisión espera que suceda el próximo año.
Villalón propone que Bruselas apruebe una nueva directiva “en un plazo razonable” y suspender mientras los efectos de la declaración de invalidez, para no crear un vacío legal. Aunque estima que bastaría con que los operadores conservaran los datos durante un año, valora que los países de la UE han ejercido sus competencias “con moderación” al establecer períodos de almacenamiento de dos años. Además, reconoce que el objetivo de la directiva es legítimo, porque los Estados deben garantizar que los datos electrónicos están disponibles en caso de que se necesite investigar delitos graves.
La conservación de los datos de las comunicaciones formaría parte de un marco mayor, el de la protección de datos. La presión del lobby estadounidense y los casos de espionaje desvelados por el exanalista de la NSA, Edward Snowden, han ido retrasando la aprobación de una directiva que la Comisión acordó en enero de 2012, y que todavía no tiene visos de ser ratificada definitivamente por la Eurocámara y el Consejo.
Esa ley marco habría tenido que definir, antes de ponerse en marcha, los principios fundamentales imprescindibles para garantizar la protección de la intimidad de los millones de ciudadanos que cada día utilizan un teléfono móvil. Sin embargo, la directiva de 2006 deja esta regulación en manos de los Estados miembros. Lo que el abogado general concluye es que la directiva no es proporcional porque exige a los Estados miembros que los datos se conserven durante dos años, en vez de durante uno.
La reacción de la Comisión sobre el texto del abogado de la UE ha sido prudente. El portavoz de Interior recordó que la evaluación de la directiva de 2011 ya detectó la necesidad de “regular mejor algunos aspectos”. Entre ellos, el propósito con el que se usan los datos, el acceso a ellos por parte de las autoridades y el tiempo que se guardan. El porqué no se han hecho modificaciones dos años después de detectar fallos es una cuestión técnica; según el portavoz, revisar la directiva de conservación de datos no tendría sentido si no se revisara también toda la ley marco de protección de datos.
Cuando éramos anónimos
Hoy, el que busca el anonimato, usa el cifrado o carece de huella digital es directamente sospechoso
Cuando hace 12 años dos aviones impactaban en las Torres Gemelas, en Europa discutíamos sobre cómo asegurar la intimidad de nuestros ciudadanos frente a la injerencia de los Gobiernos y las poderosas empresas de Internet. Los documentos de la época, que vistos ahora parecen de otra dimensión, hablaban de las virtudes de la navegación anónima. Hoy, el que busca el anonimato, usa el cifrado o carece de huella digital es directamente sospechoso. En la tensión entre libertad y seguridad, ganó aplastantemente esta última, Europa dejó de hablar de intimidad y pasó a obligar a las operadoras a retener los datos de sus usuarios para la investigación penal de los delitos graves.
En el año 2006 la UE aprobó la directiva sobre la conservación de datos generados o tratados en relación con la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas de acceso público o de redes públicas de comunicaciones, conocida como Directiva de retención de datos, que ahora el Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Luxemburgo ha puesto en solfa a partir de dos cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal Constitucional de Austria y el Tribunal Supremo de Irlanda. No es el primero. Los tribunales constitucionales de Rumanía, Alemania y República Checa ya habían declarado inconstitucionales las leyes nacionales que la adaptaban al derecho interno por similares motivos a los que ahora usa el Abogado General para cuestionar la directiva: simple y llanamente, la misma constituye una clara violación de los derechos fundamentales europeos y una injerencia en el respeto a la privacidad de sus ciudadanos ¿Por qué? Porque gracias a nuestra huella digital es posible reconstruir nuestro comportamiento en aspectos tan cercanos al corazón de nuestro carácter que nunca expondríamos de manera voluntaria. Esos datos empleados con finalidades diferentes a la investigación penal con intervención judicial son potencialmente lesivos para la vida privada de todos nosotros y, para más inri, están en manos de los operadores que no solo han de hacer el esfuerzo de conservarlos, sino de asegurarlos para que nadie tenga acceso a ellos, con el coste y la dificultad que ello supone.
El que la directiva no establezca un control sobre datos tan sensibles que, además, pueden ser almacenados en cualquier servidor del mundo accesible por programas espía gubernamentales, hace que los ciudadanos europeos nos alegremos de contar con juristas que aún entienden la importancia de defender los derechos fundamentales en situaciones de adversidad y con personas que exponen a los Gobiernos ávidos de saltárselos. Gracias Snowden.
En el año 2006 la UE aprobó la directiva sobre la conservación de datos generados o tratados en relación con la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas de acceso público o de redes públicas de comunicaciones, conocida como Directiva de retención de datos, que ahora el Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Luxemburgo ha puesto en solfa a partir de dos cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal Constitucional de Austria y el Tribunal Supremo de Irlanda. No es el primero. Los tribunales constitucionales de Rumanía, Alemania y República Checa ya habían declarado inconstitucionales las leyes nacionales que la adaptaban al derecho interno por similares motivos a los que ahora usa el Abogado General para cuestionar la directiva: simple y llanamente, la misma constituye una clara violación de los derechos fundamentales europeos y una injerencia en el respeto a la privacidad de sus ciudadanos ¿Por qué? Porque gracias a nuestra huella digital es posible reconstruir nuestro comportamiento en aspectos tan cercanos al corazón de nuestro carácter que nunca expondríamos de manera voluntaria. Esos datos empleados con finalidades diferentes a la investigación penal con intervención judicial son potencialmente lesivos para la vida privada de todos nosotros y, para más inri, están en manos de los operadores que no solo han de hacer el esfuerzo de conservarlos, sino de asegurarlos para que nadie tenga acceso a ellos, con el coste y la dificultad que ello supone.
El que la directiva no establezca un control sobre datos tan sensibles que, además, pueden ser almacenados en cualquier servidor del mundo accesible por programas espía gubernamentales, hace que los ciudadanos europeos nos alegremos de contar con juristas que aún entienden la importancia de defender los derechos fundamentales en situaciones de adversidad y con personas que exponen a los Gobiernos ávidos de saltárselos. Gracias Snowden.
Paloma Llaneza es abogada experta en nuevas tecnologías.
Cuando éramos anónimos | Sociedad | EL PAÍS
el dispreciau dice: dentro de este terrible y dramático estado de confusión de los "estados ausentes" y de "políticos carentes", incapacitados para cumplir con la función que se arrogan por derecho de democracias trampeadas, la persecución creciente a los integrantes de cualquier sociedad, sea por lo que son, sea por lo que dicen ser, sea por lo que creen ser, sea por las dudas del que espía, sea por la conveniencia del que persigue, sea por el interés del que moviliza, cualquiera sea el motivo, la cuestión es que lo que "está en cuestión" es la privacidad de las personas, el derecho de su intimidad, el derecho de su pensamiento, de su idea, y de ser en sí mismo un individuo tan importante como cualquier otro, tan anónimo, tan desconocido como cualquiera. Claro está, la ausencia de los estados es de tal magnitud y de tal inconsistencia que ya no resiste análisis alguno... todo está caduco... vencido... negado en sí mismo... de allí que la persecución se torne justificable, y que todo sea investigado, porque el imperio demanda mediocridad, ya que de lo contrario deja de ser tal y sucumbe... tal sucedió en cualquier historia humana, verdadera o mentida. Y esto no da para más... porque el derecho privado es privado y punto... y eso le implica un daño al estado, que así sea... porque el estado ausente no es propietario de verdad alguna y porque la clase política, si de algo anda vacía es de verdades últimas, incuestionables, de allí que se pretenda propietaria de las verdades que compran y venden las corporaciones, mintiendo ciencias e invadiendo paciencias, y haciendo de este mundo humano un tacho de basura donde todos los humanos son descartables hasta que sus supuestos propietarios digan lo contrario. No ser puede ser sabio e idiota al mismo tiempo, de allí que ningún político lo sea (sabio), y de allí que los dueños del mundo no hayan dado ni siquiera "un inteligente" con capacidad para hacer algo más que robar las voluntades y los esfuerzos de los comunes. Traducido: muy pobre todo esto, muy anti-democrático, muy dictatorial, mucho más imperial, casi reinal del siglo XVII, léase idiota como nunca. DICIEMBRE 14/15, 2013.-
el dispreciau dice: dentro de este terrible y dramático estado de confusión de los "estados ausentes" y de "políticos carentes", incapacitados para cumplir con la función que se arrogan por derecho de democracias trampeadas, la persecución creciente a los integrantes de cualquier sociedad, sea por lo que son, sea por lo que dicen ser, sea por lo que creen ser, sea por las dudas del que espía, sea por la conveniencia del que persigue, sea por el interés del que moviliza, cualquiera sea el motivo, la cuestión es que lo que "está en cuestión" es la privacidad de las personas, el derecho de su intimidad, el derecho de su pensamiento, de su idea, y de ser en sí mismo un individuo tan importante como cualquier otro, tan anónimo, tan desconocido como cualquiera. Claro está, la ausencia de los estados es de tal magnitud y de tal inconsistencia que ya no resiste análisis alguno... todo está caduco... vencido... negado en sí mismo... de allí que la persecución se torne justificable, y que todo sea investigado, porque el imperio demanda mediocridad, ya que de lo contrario deja de ser tal y sucumbe... tal sucedió en cualquier historia humana, verdadera o mentida. Y esto no da para más... porque el derecho privado es privado y punto... y eso le implica un daño al estado, que así sea... porque el estado ausente no es propietario de verdad alguna y porque la clase política, si de algo anda vacía es de verdades últimas, incuestionables, de allí que se pretenda propietaria de las verdades que compran y venden las corporaciones, mintiendo ciencias e invadiendo paciencias, y haciendo de este mundo humano un tacho de basura donde todos los humanos son descartables hasta que sus supuestos propietarios digan lo contrario. No ser puede ser sabio e idiota al mismo tiempo, de allí que ningún político lo sea (sabio), y de allí que los dueños del mundo no hayan dado ni siquiera "un inteligente" con capacidad para hacer algo más que robar las voluntades y los esfuerzos de los comunes. Traducido: muy pobre todo esto, muy anti-democrático, muy dictatorial, mucho más imperial, casi reinal del siglo XVII, léase idiota como nunca. DICIEMBRE 14/15, 2013.-
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