sábado, 21 de diciembre de 2013

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Un proceso lleno de obstáculos

La mujer precisará dos dictámenes, asesoramiento y un ‘periodo de reflexión’ de siete días para abortar

 Madrid 20 DIC 2013 - 22:16 CET
Incluso los profesionales que solo dan información sobre el aborto podrán objetar. / DAN-BRGMAN (GETTY)














La nueva ley del aborto no es únicamente una vuelta a un sistema de supuestos similar, aunque más estricto, al aprobado en 1985. Al retroceso en derechos —desde 2010 el aborto era un derecho de la mujer, que podía interrumpir su embarazo libremente hasta la semana 14— se suman las trabas que esta nueva normativa impone cuando una mujer se acoge al supuesto del riesgo para la salud. Los obstáculos, las dilaciones que encontrará en el proceso, son aún mayores que en la ley del 85.
La “existencia de grave peligro para la vida o salud física o psíquica de la mujer” solo podrá alegarse en las 22 primeras semanas de gestación. La mujer que quiera interrumpir su embarazo deberá obtener dos informes de dos médicos especialistas en la patología que genera el “grave peligro”, que además deberán ser “ajenos” al centro donde se practique el aborto. Nunca se habían exigido tales requisitos para acogerse al supuesto de riesgo para la salud. Entre 1985 y 2010 solo se exigía un informe y lo podía hacer un profesional del mismo centro.
“Antes de la ley de 2010, el noventa y tantos por ciento de las interrupciones del embarazo eran por este supuesto, el peligro grave para la salud de la madre. Y de ellas, casi el 100% por cuestiones de salud mental”, recuerda Francisco Montilla, representante de la Asociación Española de Neuropsiquiatría en la Comisión Nacional de esa especialidad. “Este requisito es un obstáculo, sin duda”, señala. El grave peligro para la salud “se entenderá cuando el embarazo produzca un menoscabo importante en su salud, con permanencia o duración en el tiempo”, dice el anteproyecto.
Montilla augura que estos requisitos alargarán el proceso: “Técnicamente es muy difícil hacer un informe así. Las cuestiones de salud mental no son como la fiebre, que sube o baja, o una apendicitis, que la tienes o no. Son procesos. Si tienes una descompensación psiquiátrica el diagnóstico certero es difícil porque hace falta una observación de la evolución. Hay veces que se precisan semanas para un dictamen técnicamente seguro”, añade.
A los dos informes se suma otro requisito que dilatará más los plazos. Tras un “asesoramiento” que dará “personal de los servicios sociales”, la mujer deberá esperar siete días (salvo si hay “peligro vital”) de reflexión para poder dar su consentimiento expreso al aborto. No podrá negarse a recibir este asesoramiento que ahora se da por escrito.
La Asociación de Clínicas Acreditadas para la Interrupción Voluntaria del Embarazo (ACAI) asegura que los supuestos son “prácticamente imposibles de cumplir”. Creen que ningún profesional sanitario puede determinar objetivamente si el conflicto psicológico que en una mujer genera un embarazo no deseado o una patología grave puede ser solucionado sin recurrir al aborto y “mucho menos determinar si esa afectación se prolongará en el tiempo”. “Es la mujer, y solo ella, la que tiene que saber si puede sobrellevar o no la disfunción psicológica y vital que tal situación le puede suponer", añade.
La aplicación práctica de la reforma genera muchas incertidumbres. José María Laílla, presidente de la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia (SEGO) se pregunta “qué se va a requerir a esas dos personas” que tengan que justificar el peligro para la salud. Y lamenta que, pese a representar a 9.000 profesionales, nadie les “ha preguntado nada” a la hora de elaborar la nueva ley. El ginecólogo Javier Martínez-Salmeán opina que, pese a las “trabas” que impone la ley, “las mujeres que quieran interrumpir su embarazo lo van a hacer: de forma clandestina o viajando fuera”. “Con más dolor, más sufrimiento y más tarde”, añade.

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el dispreciau dice: los estados, además de ausentes, están repletos de funcionarios políticos que se escudan en la miseria humana propia para condenar a los otros... esta decisión en el marco de la falsa unión europea, coloca a la mujer en un dramático estado de indefensión, que promete peores decisiones que generarán un daño secuencial a la vida de cada quién, ya que además del daño moral, esto conlleva un daño social, otro laboral, otro formacional, otro educacional, sin dejar de considerar los inherentes a la salud en sí misma... ¿de qué sirve obligar a una mujer tener un niño que no es ni será querido?... o bien, ¿de qué sirve que nazca un niño que será abandonado a su suerte, como tantos otros que el propio estado abandona?... ¿de qué humanismo estamos hablando?... algo anda mal en el coco de estos políticos. La historia los juzgará implacablemente por el daño instalado, que en sí mismo representa un delito de lesa humanidad porque se extiende por más de una generación, sobre la madre y su hijo. Una vez más, la Europa medieval enseña al mundo que está más oscurecida que nunca antes... y que sus comarcas están regresando a la etapa nazi del pensamiento... de perdurar este desatino, EUROPA pagará carísimo esta decisión... DICIEMBRE 21, 2013.-


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