martes, 5 de septiembre de 2017

LA PERSECUTA NAZISIONISTA ▼ El Tribunal de Estrasburgo pone límites a la vigilancia de los correos en las empresas | Internacional | EL PAÍS

El Tribunal de Estrasburgo pone límites a la vigilancia de los correos en las empresas | Internacional | EL PAÍS

El Tribunal de Estrasburgo pone límites a la vigilancia de los correos en las empresas

Una sentencia ampara a un trabajador rumano que vio vulnerado "el respeto a la vida privada y la correspondencia"



Un trabajador envía un correo electrónico.

Un trabajador envía un correo electrónico. 



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Las empresas que controlan los correos electrónicos profesionales de sus empleados sin avisarles previamente y sin una justificación convincente contravienen la protección de la vida privada y la correspondencia de los ciudadanos. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictaminó este martes que se habían vulnerado los derechos de Bogdan Barbulescu, un ciudadano rumano de 38 años, al ser despedido en 2007 tras enviar desde el email de la empresa mensajes de carácter privado. Al dar la razón a Barbulescu, el tribunal de Estrasburgo pone límites al derecho a vigilar la actividad online de los trabajadores en horario laboral.
La Gran Cámara del Tribunal de Estrasburgo, cuyas decisiones son inapelables, considera que en el caso Barbulescu los derechos de Barbulescu estuvieron desprotegidos. Los tribunales rumanos, que habían avalado su despido en varias instancias, violaron el artículo 8 del Convenio de los derechos humanos, cuyo primer párrafo reza: “Toda persona tiene derecho al respeto de su vida privada y familiar, de su domicilio y de su correspondencia”. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, establecido por el Consejo de Europa en 1959, vela por el respeto de los derechos humanos en los 47 estados miembros de esta organización.
La sentencia, que recibió 11 votos a favor y seis en contra, reprocha a los tribunales rumanos que no mantuviesen un equilibrio adecuado entre los intereses en juego. Es decir, entre el derecho de Barbulescu a su privacidad y el de la empresa a mantener un funcionamiento adecuado con sus propias normas, en este caso la que prohibía comunicaciones privadas en horario de oficina. La empresa, según los jueces, habría tenido que avisar con antelación a su trabajador de que estaba siendo vigilado. También habría tenido que exponer “razones legítimas” que justificasen una medida tan drástica. Y, finalmente, habría debido estudiar si su objetivo al vigilar al empleado —un tribunal mencionó la protección de los sistemas informáticos, entre otros objetivos— podía lograrse “con métodos menos intrusivos que el acceso al contenido de sus comunicaciones”.
Los jueces sostienen que pese a que las normas internas de la empresa prohíban el uso de Internet con fines privados, estas normas "no pueden reducir a la nada el ejercicio de la vida privada social en un lugar de trabajo". "El derecho al respeto a la vida privada y a la confidencialidad de la correspondencia continúa aplicándose, incluso si estas pueden limitarse en la medida de lo necesario", añaden.
El ingeniero Barbulescu llevaba casi tres años trabajando como responsable de ventas en una empresa privada en Rumanía cuando, el 13 de julio de 2007, sus superiores le llamaron para informarle de que habían controlado sus mensajes por el servicio de mensajería de Yahoo, según un comunicado del Tribunal de Estrasburgo. Él mismo había abierto anteriormente una cuenta en este servidor para sus comunicaciones laborales.
Tenían pruebas, le dijeron sus superiores, de que había usado el correo para "propósitos personales". Él lo negó, a lo que los responsables de la empresa respondieron entregándole la transcripción de 45 páginas de comunicaciones, realizadas entre el 5 y 12 de julio del mismo año, con su hermano y su novia. Algunos de los mensajes eran "de naturaleza íntima". El 1 de agosto fue despedido por vulnerar la regla interna de la empresa, que prohíbe el uso de sus recursos para fines personales.
Comenzó entonces un contencioso entre el derecho de toda empresa a imponer sus normas internas y el derecho a la privacidad de los ciudadanos europeos. En una época de hiperconectividad, en el que muchas personas trabajan permanentemente frente a las pantallas del ordenador y junto a sus teléfonos, el caso Barbulescu iba más allá de una disputa laboral local. ¿Pueden los trabajadores europeos enviar mensajes privados en horario laboral? ¿Pueden hacerlo con el correo electrónico o los servicios de mensajería de la empresa? ¿Tiene derecho esta a vigilar sus mensajes? ¿A quién pertenecen estos mensajes?
El caso llegó al Tribunal Europeo de Derechos Humanos. En primera instancia, en 2016, los jueces estimaron que, aunque la vida privada de Barbulescu había quedado comprometida, "la vigilancia de sus comunicaciones por parte de su empleador había sido razonable en el contexto de un procedimiento disciplinar".
La Gran Cámara del mismo tribunal ha enmendado la decisión.

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