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Urge reconocer derechos de los indígenas sobre sus territorios
- Los Estados de América Latina deben reconocer los derechos de los pueblos indígenas sobre sus territorios, y la criminalización de sus luchas debe detenerse, como requisitos para avanzar en los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) acordados en el marco de las Naciones Unidas para 2030.
Se trata de los derechos de más de 800 pueblos con unos 60 millones de personas, 10 por ciento de la población de la región, señaló un estudio de la Comisión Económica para América Latina (Cepal) y el Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe (Filac).
Los indígenas “padecen un nivel de pobreza superior al de los no indígenas en la región, por lo que debemos terminar con la cultura de los privilegios y adoptar la de la igualdad”, dijo Alicia Bárcena, secretaria ejecutiva de la Cepal.
En América Latina existen 1223 conflictos territoriales que han generado movilizaciones de los pueblos indígenas, en primer lugar frente a explotaciones de minas e hidrocarburos, a las que se ha respondido con represión y criminalización.
Producto de ello, 232 defensores de la vida y los territorios indígenas fueron asesinados entre 2015 y el primer semestre de 2019: en promedio, cuatro defensores o defensoras indígenas asesinados cada mes.
El estudio de Cepal y Filac, “Los pueblos indígenas de América Latina – Abya Yala y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible: tensiones y desafíos desde una perspectiva territorial”, reconoce avances en el reconocimiento de derechos a los pueblos indígenas en la región, y propone superar rezagos.
En primer lugar, se pide a los Estados “resguardar la seguridad jurídica de los derechos originarios de propiedad y posesión colectiva” mediante “mecanismos de demarcación y titulación que aseguren la integridad de los territorios indígenas”, manteniéndolos fuera del juego del mercado.
Igualmente, implementar procesos de consulta previa a las comunidades indígenas sobre cualquier proceso que pueda afectar sus territorios o los recursos naturales que contienen, para obtener su consentimiento libre, pleno e informado.
Un campo importante es la declaratoria de áreas protegidas que hacen los Estados, a menudo sobre territorios ancestrales de pueblos indígenas y que pueden afectar los derechos de esas comunidades.
Los territorios indígenas tradicionales, que abarcan 22 por ciento de la superficie terrestre, coinciden con áreas en las que se encuentra 80 por ciento de la diversidad biológica mundial, y la mitad de las zonas protegidas se han establecido en tierras tradicionalmente utilizadas por pueblos indígenas.
En América Central esa proporción puede llegar a 90 por ciento, y en América del Sur 214 de estas áreas se superponen con territorios de pueblos indígenas, entre ellas 79 de Brasil, 16 de Bolivia, 28 de Chile, 15 de Ecuador y 22 de Venezuela.
Entre los avances, el estudio destaca el reconocimiento constitucional de los derechos de los pueblos indígenas, en los últimos 30 años, de modo amplio en Bolivia, Ecuador, México, Nicaragua y Venezuela, y con “un catálogo limitado de derechos” en países como Argentina, Brasil y Paraguay.
Seis países, Colombia, El Salvador, Guatemala, Honduras, Panamá y Perú, reconocen a los pueblos indígenas como sujetos de protección, y tres, Chile, Costa Rica y Uruguay, carecen de reconocimiento expreso constitucional de los derechos de esos pueblos.
Se destaca el papel de las comunidades indígenas como “fieles guardianes de la agrobiodiversidad”, particularmente útil ante la degradación de los bosques, que cubrían 51 por ciento de la superficie terrestre en la región en 1990 y en 2015 habían disminuido a 46 por ciento, 928 millones de hectáreas.
El estudio propone a los Estados latinoamericanos releer los ODS desde la perspectiva de los derechos de los pueblos originarios, comenzando por asimilar el principio indígena de «buen vivir” al concepto de desarrollo sostenible.
Así, dentro del ODS 1, “poner fin a todas la formas de pobreza en todo el mundo”, la meta 1.4 sobre tierras implicaría “garantizar la seguridad jurídica de la propiedad colectiva de las tierras indígenas, a través de mecanismos de demarcación, titulación y saneamiento acordes a los estándares internacionales”.
El ODS 2, “poner fin al hambre, lograr la seguridad alimentaria y la mejora de la nutrición y promover la agricultura sostenible” conllevaría como meta 2.3 “de aquí a 2030 duplicar la productividad agrícola y los ingresos de las comunidades indígenas”, con título para sus tierras y respaldo a su producción de alimentos.
Y en el ODS 5, “lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y las niñas”, la meta 5.a. llevaría a “emprender reformas legales que otorguen a las mujeres igualdad de derechos a los recursos económicos, en el marco de garantías al derecho colectivo de propiedad de la tierra indígena”.
El estudio “recoge y visibiliza una realidad que la covid-19 también ha puesto en evidencia: la desigualdad que hay entre pueblos indígenas y otros sectores de la sociedad”, sostuvo la indígena miskito Myrna Cunningham, presidenta de Filac.
A-E/HM
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